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PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA FORENSE?
Es la interrelación entre Psicología y Derecho siendo denominada de múltiples maneras a lo largo de su breve historia: Psicología Legal, Psicología Criminal, Psicología Judicial, Psicología Forense, Psicología Jurídica, Psicología en el Derecho...

El término forense (de foro, curia, sitio o lugar donde los tribunales oyen y enjuician las causas), hace una mayor alusión a la práctica pericial, al informe del experto ante los Tribunales de Justicia, a lo que se entiende como Psicología para el Derecho.

¿QUÉ ES UN INFORME PERICIAL?
El informe pericial hace referencia al dictamen de peritos, a la prueba pericial, al peritaje o la peritación. Es una declaración de conocimientos que emite una persona especialistas en los mismos sobre los hechos de autos, cuando resultan necesarios o convenientes tales conocimientos al objeto de ilustrar y/o asesorar al Juez o Tribunal.

¿QUÉ ES UN MEDIADOR FAMILIAR?
Es una figura encargada de ayudar a resolver los conflictos que surjan entre dos partes de una familia, ya sean entre ambos progenitores, entre progenitor-hijo/a. etc. Esta figura no resuelve el conflicto sino que utiliza herramientas adecuadas para que las partes lleguen a una solución óptima para ambas.

¿QUÉ OFRECE LA PSICOLOGÍA FORENSE A LAS DISTINTAS ÁREAS DEL DERECHO?

1.En la jurisdicción Civil:
  • Derecho de familia: evaluación sobre la idoneidad de la guarda y custodia, patria potestad, nulidades matrimoniales, adopciones…
  • Tutela/Curatela e incapacitación de adultos: se evalúa la capacidad de un individuo para tomar decisiones responsables acerca de sí mismo y de sus bienes.
  • Internamientos voluntarios.
  • Mediación familiar.
  • Aptitud para testar. Impugnación del testamento.
  • Consentimiento informado.
  • Baremación de secuelas psíquicas tras accidente de tráfico, etc.
2. En la Jurisdicción Laboral:
  • Valoración de secuelas psíquicas por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
  • Incapacidades laborales (temporales o permanentes), etc.

3. En la Jurisdicción Penal:
  • Investigación criminal. Autopsia psicológica.
  • Capacidad para ser juzgado.
  • Credibilidad de las declaraciones.
  • Responsabilidad penal.
  • Medidas de seguridad y pronóstico de comportamiento futuro.
  • Victimología forense. Evaluación de la víctima: lesiones y secuelas psíquicas. Vulnerabilidad previa. Ayuda a las víctimas. Intervención en crisis.
  • Jurisdicción especial de menores: evaluación de riesgos; medidas generales, etc.
4. En la Jurisdicción Contencioso-administrativa:
  • Permiso de conducir y armas.
  • Incapacidad laboral de funcionarios. etc.

5. En la Jurisdicción
Eclesiastica:
  • Nulidad matrimonial.
  • Disolución del vínculo, etc.
6. En la Jurisdicción Militar:
  • Intervención en catástrofes.
  • Exclusiones del servicio militar.
  • Capacidad profesional.
  • Imputabilidad.
  • Negociación de rehenes, etc.

7. En la Jurisdicción Forense penitenciaria:
  • Programación individualizada.
  • Permisos.
  • Trastorno mental sobrevenido después de sentencia firme, etc.

¿CUÁNDO SE PUEDE PROPONER Y A QUIÉN LA REALIZACIÓN DE UN INFORME PERICIAL?
Cualquier peritaje es considerado una prueba que se aporta al caso, por tanto, habrá de proponerse en la parte probatoria del proceso legal si queremos que sea considerado como prueba por parte del Juez. En este caso, tanto el abogado como el interesado pueden aportar el peritaje como un documento más del caso. En ocasiones, es el Juez quien considera oportuna la realización de un informe pericial y, en estos casos, se admite su inclusión una vez abierto el proceso judicial.

¿SIRVE PARA ALGO UN INFORME PERICIAL?
Desde luego. La valoración que hace un Psicólogo Forense proporciona información muy valiosa al proceso judicial imposible de conseguir mediante otro medio de prueba.

¿ES CONFIDENCIAL LO QUE CUENTO ANTE EL PSICÓLOGO FORENSE?
En principio, sí; todo lo que se habla en consulta es confidencial pero en el caso de la Psicología Forense y a diferencia de la práctica clínica, el contenido del informe deja de ser secreto profesional cuando el Psicólogo ratifica ese informe ante el Juez o Tribunal.

¿QUÉ SUCEDE EN MI PRIMERA CONSULTA CON EL PSICOLOGO FORENSE?
En su primera cita con el Psicólogo Forense se le preguntará por el motivo de consulta, se le explicará el método de trabajo de los profesionales del Centro, los honorarios, se le ofertará la derivación pertinente a otros profesionales en caso de no poder atenderse desde este Centro su solicitud, etc.


Centro de Peritajes Psicológico-Forenses
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